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Folleto de tarifas
Banco Alcalá, SA pone a su disposición la posibilidad de consultar las tarifas máximas de comisiones y gastos repercutibles que se van a aplicar en las diferentes operaciones, sujetas a la normativa del Banco de España.
Documento Informativo de las Comisiones
Folleto de tarifas en mercado de valores
Declaración obligatoria de tipos de operaciones de activos
Normativa sobre transparencia de las operaciones y protección del cliente
La normativa que regula la transparencia de las operaciones bancarias y la protección a la clientela está contenida en las siguientes disposiciones:
Otra documentación de interés
Existe a disposición del público, para su consulta, la siguiente documentación:
Banco Alcalá, SA está habilitado para prestar servicios de inversión y auxiliares regulados por la normativa MiFID y por la normativa española sobre mercados de valores, entre los que se encuentran los siguientes:
Con el objetivo de incrementar la transparencia bancaria y asegurarle la máxima protección, ponemos a su disposición los términos y las condiciones generales relativos a los servicios de inversión que serán de aplicación en la relación contractual que nos une con usted. El contenido de este documento debe entenderse como información precontractual a efectos del artículo 62 del Real decreto 217/2008, de 15 de febrero, relativo a clientes clasificados como minoristas.
Para la atención y la resolución de las quejas y reclamaciones de los clientes, el Grupo Banco Alcalá cuenta con su Servicio de Atención al Cliente, al que deberán acudir con carácter previo a la formulación de reclamaciones ante el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores o la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones.
Los datos de contacto son los siguientes:
Calle Ortega y Gasset, 7, 4ª. planta
28006 Madrid
Tel.: 91 175 07 00
E-mail: atencionalcliente@bancoalcala.com
“De conformidad con el artículo 9.1 b) de la Orden ECO7734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, la Entidad tiene la obligación de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, en el plazo de dos meses desde su presentación en el Servicio de Atención al Cliente, o en cualquier oficina abierta al público de la Entidad, así como a través de las direcciones de correo postal y electrónico habilitadas al efecto.”
Una vez agotada la vía del Servicio de Atención al Cliente del Banco, se podrán formular quejas y reclamaciones bien ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, bien ante el Servicio de Reclamaciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores o bien ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, según la naturaleza y el origen de la actuación que dé lugar a la queja o reclamación. Los datos de contacto son los siguientes:
Calle Alcalá, 48
28014 Madrid
Calle Edison, 4
28006 Madrid
Tel.: 902 149 200
E-mail: inversores@cnmv.es
Paseo de la Castellana, 44
28046 Madrid
Banco Alcalá, SA está integrado en el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, creado por el Real decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre (en adelante, “el FGD”).
El FGD tiene por objeto garantizar a los depositantes de las entidades de crédito y a los titulares de valores u otros instrumentos financieros confiados a una entidad de crédito, la recuperación de sus depósitos dinerarios y en valores hasta los límites establecidos. Además de ofrecer estas dos garantías, distintas y compatibles, también tiene por objeto realizar actuaciones que refuercen la solvencia y el funcionamiento de las entidades de crédito en dificultades, en defensa de los intereses de los depositantes, del propio FGD y del conjunto del sistema integrado por las entidades de crédito.
Información de interés sobre el Fondo de Garantía de Depósitos
Política retributiva de Gesalcalá, SGIIC, SA
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 s) del Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, se adjunta información detallada de la política retributiva de Gesalcalá, SGIIC, S.A.
Información de depositario
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 t) del Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, se adjunta información detallada de las Entidades de depositaría de las IICs gestionadas por Gesalcalá, SGIIC, S.A.
RBC Investor Services España, S.A.U.
Mediante la presente nota informativa ponemos en conocimiento de los clientes de BANCO ALCALÁ, S.A. que, de conformidad con cuanto previsto en la Orden ECC/2314/2015, de 20 de octubre, el próximo día 6 de mayo de 2016 entrará en funcionamiento el Fichero de Titularidades Financieras creado al amparo del artículo 43 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo.
En este sentido, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.1 del Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, BANCO ALCALÁ, S.A. procede a informar a los titulares, representantes y autorizados de la cesión de sus datos al referido Fichero.
Madrid 00 34 91 175 07 00Barcelona 00 34 93 521 55 00Valencia 00 34 96 200 15 04